Rendición provocada de cuentas

Que el administrador rinda cuentas, aunque no quiera.

Cuando un administrador saliente —o el que sigue en el cargo— no entrega cuentas claras, la ley no obliga a probar primero que hubo un desfalco: obliga a él a rendirlas. Si no las presenta o no las objeta, el juez las aprueba por auto y ese auto presta mérito ejecutivo, sin audiencia.

Para quién es

Consejos de administración, asambleas y copropietarios frente a una administración que no entrega soportes, que dejó el cargo sin empalme o cuyas cuentas no cuadran con el presupuesto aprobado.

Cómo funciona

  1. 1 · Consulta inicialRevisamos actas, presupuesto, estados financieros y contrato de administración, y le decimos si hay caso y por cuánto. El valor de la consulta se descuenta de los honorarios si decide contratar.
  2. 2 · Requerimiento y demandaSe requiere al administrador y, si no rinde, se demanda la rendición provocada. La carga de presentar las cuentas es de él, no suya.
  3. 3 · El desenlace más frecuenteSi el demandado no se opone dentro del traslado, el proceso termina con un auto que aprueba las cuentas y presta mérito ejecutivo: se cobra el saldo sin ir a audiencia.
  4. 4 · Si hay saldo, se ejecutaCon ese auto se cobra ejecutivamente, con las mismas medidas cautelares del proceso de cartera.

Cuánto cuesta

Nada de esto está escrito a mano en esta página: sale de la configuración del despacho y se recalcula en cada visita.

Consulta inicial
$ 300.000Descontable de los honorarios si contrata.
Honorarios al inicio
$ 3.501.8102 × SMMLV 2026 ($ 1.750.905)
Honorarios al finalizar
$ 3.501.8102 × SMMLV 2026 ($ 1.750.905)
Honorarios de éxito
25 %sobre la liquidación certificada (capital, intereses y sanciones)Tarifa vigente hoy para todos los rangos de mora; el contrato la desglosa por rango (16–30, 31–60, 61–90 y más de 90 días) y trata la etapa jurídica aparte.
De dónde sale cada cifra

Ninguna cifra de esta página está escrita en el código. Todas se leen de la configuración del despacho y se recalculan en cada visita, así que cambian solas cuando cambia el salario mínimo. Estas son las claves exactas:

  • Consulta inicial: consulta_rendicion_cop
  • Honorarios al inicio: 2 SMMLV · smmlv.2026
  • Honorarios al finalizar: 2 SMMLV · smmlv.2026
  • Honorarios de éxito: prima_exito_pct + prima_exito_base

Lo que dice el contrato, sin letra chica

Preferimos que lo lea aquí y no el día de la firma.

  • La consulta se cobra porque el estudio se hace igual, gane o no el caso. Se descuenta íntegra de los honorarios si contrata.
  • Los honorarios se pactan en salarios mínimos y no en pesos: el valor se recalcula cada enero con el salario del año, y por eso el que ve arriba es el vigente hoy.
  • También es un servicio de medio: se compromete la gestión, no el resultado.

En qué se apoya

Las normas exactas, para que las verifique.

  • Art. 379, Código General del ProcesoEn la rendición provocada, quien administró debe presentar las cuentas dentro del traslado. Si no las presenta o no las objeta, el juez las aprueba mediante auto que presta mérito ejecutivo y el proceso termina sin audiencia.
  • Art. 51, Ley 675 de 2001Rendir cuentas de su gestión es una función propia del administrador de la copropiedad, no un favor que concede.

Firma electrónica con certificado de trazabilidad

La ley colombiana le reconoce a una firma electrónica confiable los mismos efectos que a la firma de puño y letra. Lo que una notaría certifica es quién firmó y cuándo; el certificado que emitimos certifica eso mismo y además algo que la notaría no puede: que el documento firmado es exactamente el que se muestra, byte por byte.

  • La huella digital (SHA-256) del documento firmado. Si alguien le cambia una coma después, la huella no coincide y el certificado lo delata.
  • La cadena completa de lo que pasó, con fecha y hora: cuándo se abrió el documento, cuándo se leyó el acuerdo de uso de firma electrónica, cuándo se aceptó y cuándo se firmó.
  • El correo verificado del firmante y el código de un solo uso con el que lo confirmó.
  • La dirección IP y el dispositivo desde el que se firmó.
  • El encadenamiento: cada evento lleva la huella del anterior, así que no se puede borrar ni reordenar uno solo sin romper toda la cadena.